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Indemnizacion por cese o despido de un trabajadorIndemnización despido improcedente Este es el caso mas común en este tipo de despidos ya que el empresario no suele querer readmitir al trabajador despedido. Calcular la indemnización por despido improcedente es bastante sencillo y se calcula mediante una fórmula para saber el finiquito: La Indemnización = Número de días (dependiendo del tipo de despido) x Salario diario x Años trabaja El número de días en este caso será de 45 días al tratarse de un despido injustificado o improcedente. Vamos a realizar un ejemplo práctico del cálculo: El trabajador comenzó a trabajar para el empresario y le despidieron en regimen de despido declarado improcedente por un juez.

El sueldo del trabajador el mes anterior al despido en la empresa fue por ejemplo: Salario Base: Antigüedad en la empresa: Plus por el convenio: Dos pagas extras por cada una Salario diario = ( Salario base/30) + (Antiguedad/30) + Plus de convenio /(30) +( 2 *(pagas extra) /365) Con los datos del ejemplo obtendríamos Salario diario. Años trabajados = años + meses / 12 meses Con los datos del ejemplo nos daria El cálculo aplicando la formula total sería: Formula = nº días (45 siempre en estos casos) x Salario diario x Años trabajado Formula Hay que tener en cuenta que cuando sea de 45 días de sueldo por cada uno de los años de trabajo, la indemnización no puede superar las 42 mensualidades.

Dudas Despido Improcedente Si tienes cualquier duda deja un comentario aquí y te responderemos Cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, podrá optar entre la readmisión del trabajador o el abono de una indemnización equivalente a treinta y tres días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de veinticuatro mensualidades. Para ello, nuevamente, deberemos a acudir a la RAE. Por tanto, la norma establece la exención para dos diferenciados supuestos, uno, el «despido», y otro, el «cese». Una empresa puede despedir a un trabajador, aun sin causa, pagándole la indemnización correspondiente al despido improcedente.

Me faltan 5 días para poder cobrar el subsidio. No tengo derecho a paro por falta de días cotizados. El día 12 de Abril es la conciliación Que puedo hacer, cuanto debería cobrar por indemnización, me debería plantear ir a juicio al ser improcedente, me deberían pagar el salario de tramitación por declararse despido improcedente, puedo pedir al INEM una prorroga hasta que haya una solución final ante mi situación actual, la empresa debería de computarme por días cotizados desde le día del despido hasta el último día de la resolución final ? Por favor necesito ayuda urgente no tengo ningún sustento, me han pisado todos mis derechos y todo me parece muy injusto. tengo 63 años en mayo, llevo 45 años trabanjando y cotizando, la empresa actual en la que llevo me propone despedirme en las siguientes condiciones: Darme el salario correspondiente hasta mi jubilación A priori y viendo como esta la situación laboral actualmente no parece mal, pero me surgen algunas dudas.

Al cotizar por encima de las bases me correspondería la jubilación máxima, pero si me mandan al paro, esto me perjudicaría a la hora de calcular en mi caso los últimos 17 años en el 2014 Supongo que se debe de seguir pagando la S.S. Muchas veces ofrece al trabajador una cantidad menor de la que le corresponde, pero con la ventaja de que puede cobrar en dicho momento sin necesidad de esperar a la celebración del juicio.

En caso de no llegar a ningún acuerdo en este acto previo, se debe de presentar la perceptiva demanda ante el Juzgado de lo Social. tengo contrato indefinido con ellos desde hace 7 años aproximadamente. me han dicho que si acepto bajarme el sueldo o me despiden con la ‘excusa’ de que la empresa tiene pérdidas (cosa que no es cierta es una consultora grande informática). aun no me lo dieron por escrito pero supongo que lo harán. si no acepto la bajada salarial, me corresponde según he leído 20 días y el paro correspondiente. Mi pregunta es si posteriormente puedo llevarles a jucio para reclamar mis 45 días. llevo 23 años trabajando como empleado de finca urbana, soy trabajador único de la comunidad y ahora han decidido bajar mi sueldo 400 euros quitando dos concepto, basuras y prolongación de jornada. Yo no acepto y me dicen que entonces tendran que valorar la readmision.

Cálculo del número de días de indemnización a los que tiene derecho el trabajador (Antigüedad). La antigüedad del trabajador se remonta ha fijado un método para la cuantificación de la indemnización por despido improcedente respecto de las relaciones laborales vigentes al entrar en vigor el RDL 3/2012 que se aleja notablemente de los objetivos perseguidos por el Gobierno y el Legislador con la reforma de 2012. – Esta sentencia resuelve un recurso de casación para la unificación de doctrina contra la STSJ Incluya los datos originales y además los atrasos y las retenciones.

Desde la entrada en vigor de la reforma laboral aprobada por el Gobierno (Ley 3/2012 de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral) la no tributación de una indemnización por despido depende de un factor: el momento en que la indemnización es reconocida. Sí. me pregunta es me pueden hacer un descuento por lo que he cobrado por el servicio de desempleo despues de la readmision. queria informarme, que tengo que hacer. primero llevo varios meses sin cobrar tengo contrato fijo, y me manda un mensaje mediante el telefono que estas despedido, por motivos economicos de la empresa, de la noche a la mañana. ahora que tengo que hacer yo, es mas lo que ahora importa que tengo que hacer yo para poder acceder al paro,pero no se que hacer … me gustaria saber si mi despido seria procedente o improcedente.

En la carta de despido me pone como causa reiterada disminución en el rendimiento del trabajo que ha venido produciéndose en las últimas semanas de trabajo y que entendemos es de forma voluntaria y continuada al no guardar relación con las funciones y medios puestos a su disposición por la empresa Por favor si alguien me puede ayudar lo agradeceria mucho mi caso es que tuve un accidente y bueno la empresa practicamente y es mas ni si quiera tuvieron la delicadeza de indicarme algo solo buscaron excusas para no pagarme por 8 años de trabajo con ellos, quisiera que me asesoren que puedo hacer para que estos señores se dignen a pagarme de acuerdo a ley.

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